En consideración a los grandes perjuicios económicos que los decretos gubernamentales para controlar la narcodelincuencia ocasionan en Ecuador a los diferentes sectores productivos, el presidente Daniel Noboa oficializó la semaforización del toque de queda en los distintos cantones del país, dependiendo el nivel de violencia registrado en cada uno: Alto, Medio, Bajo.
En los sectores considerados de alta conflictividad la restricción se fija entre las 00h00 y las 05h00:
- Cañar: La Troncal
- El Oro: Arenillas, Huaquillas, Machala, Pasaje, Santa Rosa.
- Esmeraldas: Esmeraldas, Quinindé, San Lorenzo.
- Guayas: Durán, Guayaquil, Balao, Balzar, Daule, El Triunfo, Empalme, Milagro, Naranjal, Naranjito, Playas, San Jacinto de Yaguachi.
- Los Ríos: Babahoyo, Buena Fe, Pueblo Viejo, Quevedo, Valencia, Ventanas, Vinces.
- Manabí: Manta, Montecristi, Pedernales, Portoviejo.
- Pichincha: Quito.
- Santa Elena: la Libertad, Salinas, Santa Elena.
- Santo Domingo de los Tsáchilas: Santo Domingo
- Sucumbíos: Lago Agrio.
En los cantones de conflictividad media el toque de queda rige entre las 02h00 y las 05h00.
- Azuay: Camilo Ponce, Cuenca.
- Cañar: Azogues.
- Carchi: Tulcán
- Chimborazo: Riobamba
- El Oro: El Guabo
- Esmeraldas: Atacames
- Guayas: Samborondón, Colimes, Lomas de Sargentillo, Nobol, Pedro Carbo, Simón Bolívar.
- Los Ríos: Baba, Mocache, Urdaneta.
- Manabí: El Carmen, Sucre.
- Morona Santiago: Morona
- Napo: Tena
- Orellana: La Joya de los Sachas
- Pichincha: Cayambe
- Santo Domingo de los Tsáchilas: La Concordia
Para los cantones de baja conflictividad se levantan las restricciones.
- Azuay: Sevilla de Oro, El Pan, Guachapala, Paute, Sígsig, Chordeleg, Gualaceo, Oña, Nabón, San Fernando, Girón, Pucará, Santa Isabel.
- Bolívar: Caluma, Chillanes, Chimbo, Echeandía, Guaranda, Las Naves, San Miguel.
- Cañar: El Tambo, Suscal, Biblián, Cañar, Deleg,.
- Carchi: Bolívar, Espejo, Mira, Montúfar, San Pedro de Huaca
- Chimborazo: Alausí, Chambo, Chunchi, Colta, Cumandá, Guamote, Guano, Pallatanga, Penipe.
- Cotopaxi: La Maná, Latacunga, Pangua, Pujilí, Salcedo, Saquisilí, Sigchos.
- El Oro: Atahualpa, Balsas, Chilla, Las Lajas, Marcabelí, Piñas, Portovelo, Zaruma
- Esmeraldas: Eloy Alfaro, Muisne, Rioverde.
- Galápagos: San Cristóbal, Isabela, Santa Cruz.
- Guayas: Alfredo Baquerizo Moreno, Crnel. Marcelino Maridueña, Gnral. Antonio Elizalde, Isidro Ayora, Palestina, Salitre, Santa Lucía.
- Imbabura: Antonio Ante, Cotocachi, Ibarra, Otavalo, Pimampiro, San Miguel de Urcuquí.
- Loja: Calvas, Catamayo, Celica, Chaguarpamba, Espíndola, Gonzanamá, Loja, Macará, Olmedo, Paltas, Pindal, Puyango, Quilanga, Saraguro, Sozoranga, Zapotillo.
- Los Ríos: Montalvo, Palenque, Quinsaloma.
- Manabí: 24 de Mayo, Olmedo, Bolívar, Chone, Flavio Alfaro, Jama, Jaramijó, Jipijapa, Junín, Paján, Pichincha, Puerto López, Rocafuerte, San Vicente, Santa Ana, Tosagua
- Morona Santiago: Gualaquiza, Huamboya, Limón Indanza, Logroño, Palora, Santiago, Sucúa, Taisha, Pablo Sexto, Tiwintza, San Juan Bosco.
- Napo: Archidonda, Carlos Julio Arosemena Tola, El Chaco, Quijos.
- Orellana: Aguarico, Loreto, Orellana.
- Pastaza: Arajuno, Mera, Pastaza, Santa Clara
- Pichincha: Mejía, Pedro Moncayo, Pedro Moncayo, Pedro Vicente Maldonado, Puerto Quito, Rumiñahui, San Miguel de los Bancos.
- Sucumbíos: Cascales, Cuyabeno, Gonzalo Pizarro, Putumayo, Shushufindi, Sucumbíos.
- Tungurahua: Ambato, Baños de Agua Santa, Cevallos, Mocha, Patate, Quero, San Pedro de Pelileo, Santiago de Pillaro, Tisaleo.
- Zamora Chinchipe: Centinela del Cóndor, Chinchipe, El Pangui, Palanda, Paquisha, Yantzaza, Zamora, Mangaritza, Yauambi.
Las personas que circulen durante el periodo restricción serán puestos a órdenes de las autoridades judiciales.
Quedan exentos de esta disposición los servicios de salud pública integral y la red privada complementaria. También los agentes de seguridad y fuerza pública, complementaria y servicios de gestión y atención de emergencia, servicios de emergencia vial.
Además, los servidores de empresas contratistas que deban movilizarse en horas de restricción, personal de logística, prestadores de transporte y logística aeroportuaria, trabajadores de medios de comunicación que presenten acreditación, personas que abastezcan a la cadena productiva, entre otros. La Policía Nacional y las Fuerzas Armadas tiene la facultad de exigir la documentación correspondiente, señala la publicación de Radio La Calle.